Programa Municipal Extraordinario para Suministros Mínimos Vitales

004_Cartel_Suministros_Bxsicos.jpg

Programa Municipal Extraordinario para Suministros Mínimos Vitales

14/01/2016

Este programa de ayudas para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social está otorgado por la Junta de Andalucía y será gestionado por el Ayuntamiento, para solventar situaciones de necesidad y cobertura de contingencias extraordinarias de necesidades básicas de subsistencia, por razones sobrevenidas como la falta continuada de recursos, de aquellas personas o unidades familiares que no puedan hacer frente a gastos específicos.

Este programa de ayudas para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social está otorgado por la Junta de Andalucía y será gestionado por el Ayuntamiento, para solventar situaciones de necesidad y cobertura de contingencias extraordinarias de necesidades básicas de subsistencia, por razones sobrevenidas como la falta continuada de recursos, de aquellas personas o unidades familiares que no puedan hacer frente a gastos específicos.

Dicho programa podrá cubrir las ayudas para suministros mínimos vitales como corte de suministro eléctrico, suministro de agua que se generen a partir de no poder hacer frente. También puede cubrir otras prestaciones de urgencia social, necesarias para el mantenimiento de la vivienda siempre que su impago redunde en un desalojo y alojamiento en situaciones de necesidad en albergues, etc.
 
REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:
 
a) Figurar en el Padrón de la localidad, como mínimo con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. Ser persona mayor de edad o menor emancipado.
b) No disponer de recursos su clientes con los que afrontar los gastos específicos contemplados en el programa.
c) Encontrarse en situación de urgencia social, entendiendo como tal aquellas situaciones excepcionales o extraordinarias y puntuales de las personas, que requieren de una actuación inmediata, sin la cual podría producirse u deterioro o agravamiento de la situación de necesidad. Este requisito será́ acreditado en el Informe emitido por la Trabajadora Social de los Servicios Sociales Comunitarios.
d) No haber recibido ninguna persona miembro de la unidad familiar otras prestaciones para la misma finalidad de cualquier Administración Pública o En dad Privada en el mismo ano natural o periodo de vigencia del Plan (Programa de suministros mínimos vitales 2014/2015 y Ayudas de emergencia municipales 2015)
e) No ser propietaria ni usufructuaria de bienes inmuebles de naturaleza urbana o rústica, excepto la vivienda de uso habitual.
f) Que los suministros se presten en la vivienda habitual del solicitante y su unidad familiar.
 
INFORMACIÓN / RECOGIDA Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
DELEGACIÓN DE BIENESTAR SOCIAL EN HORARIO DE 8.00 a 9.30 h
(C/ REAL DE CASTILLA, 1) Telf: 955 650 345 
 
 
Cartel Suministros Básicos