Se trata de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales.
La Consejería de Fomento yVivienda de la Junta de Andalucía aprueba unas nuevas bases reguladoras
de concesiónde subvenciones para actuaciones de adecuación funcional básica de viviendas en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, mediantela Orden 24 de mayo de 2017
.
Se trata de un programa de ayudas dirigido apersonas mayores de sesenta y cinco años o personas con
discapacidad y movilidad reducida o grandesdependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a
sus necesidades especiales.
Aprobada
Orden de 19 de junio de 2017
de convocatoria deayudas 2017. Abierto plazo de presentación desde el 28 de junio hasta el 27 de
julio de 2017, inclusive .
PROGRAMA DE ADECUACIÓN FUNCIONAL BÁSICA DE VIVIENDAS 2017
OBJETO Y BENEFICIARIOS
Realización de obras necesarias para la mejora de la seguridad y adecuación de la vivienda a las
necesidades funcionales de la persona mayor de 65 años; discapacitados con grado de discapacidad
mínimo del40% y movilidad reducida; y personas con grado III de dependencia.
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Instalación eléctrica y de gas
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Adecuación ancho de puertas
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Adecuación de cuartos de baño: griferías, sanitarios, asideros, suelo antideslizante
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Colocación de pasamanos en pasillos
REQUISITOS
Los ingresos brutos de la unidad familiar del solicitante no serán superiores a 2,5 veces el IPREM.
La vivienda deberá constituir la residencia habitual y permanente del solicitante.
CARACTERÍSTICA DE LAS OBRAS
El presupuesto de ejecución por vivienda será como máximo de 2.000 € (Iva Incluido).
La subvención no podrá exceder del 70% de presupuesto protegido (1.400 €).
PLAZO PRESENTACIÓN : Del 28 de Junio al 27 de Julio
DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA SOLICITUD:
Certificado del Padrón Municipal acreditativo de que la vivienda constituye le residencia habitual y
permanente del/de la solicitante, así como acreditativo delas personas que residen en la citada
vivienda.
Presupuesto firmado por el contratista que vaya a realizar la obra ( importe máximo de 2.000 € (IVA
incluido)
Tras la propuesta provisional de resolución se deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos
para ser beneficiario o autorizar a la administración para su comprobación.
INFORMACIÓN YSOLICITUDES: Agencia de Desarrollo Local, c/ Real de Castilla 1, en horario de 9h. a
14h. de lunes a viernes.