Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas 2017

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Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas 2017

29/06/2017

Se trata de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales.

 La Consejería de Fomento yVivienda de la Junta de Andalucía aprueba unas nuevas bases reguladoras de concesiónde subvenciones para actuaciones de adecuación funcional básica de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediantela  Orden 24 de mayo de 2017 .

Se trata de un programa de ayudas dirigido apersonas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandesdependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales.

Aprobada  Orden de 19 de junio de 2017  de convocatoria deayudas 2017. Abierto plazo de presentación desde el 28 de junio hasta el 27 de julio de 2017, inclusive .
 
PROGRAMA DE ADECUACIÓN FUNCIONAL BÁSICA DE VIVIENDAS 2017
 
OBJETO Y BENEFICIARIOS
 
Realización de obras necesarias para la mejora de la seguridad y adecuación de la vivienda a las necesidades funcionales de la persona mayor de 65 años; discapacitados con grado de discapacidad mínimo del40% y movilidad reducida; y personas con grado III de dependencia.
 
  • Instalación eléctrica y de gas
  • Adecuación ancho de puertas
  • Adecuación de cuartos de baño: griferías, sanitarios, asideros, suelo antideslizante
  • Colocación de pasamanos en pasillos
 
REQUISITOS
 
Los ingresos brutos de la unidad familiar del solicitante no serán superiores a 2,5 veces el IPREM.
La vivienda deberá constituir la residencia habitual y permanente del solicitante.
 
CARACTERÍSTICA DE LAS OBRAS
 
El presupuesto de ejecución por vivienda será como máximo de 2.000 € (Iva Incluido).
 
La subvención no podrá exceder del 70% de presupuesto protegido (1.400 €).
 
PLAZO PRESENTACIÓN : Del 28 de Junio al 27 de Julio
 
DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA SOLICITUD:
Certificado del Padrón Municipal acreditativo de que la vivienda constituye le residencia habitual y permanente del/de la solicitante, así como acreditativo delas personas que residen en la citada vivienda.
Presupuesto firmado por el contratista que vaya a realizar la obra ( importe máximo de 2.000 € (IVA incluido)
 
Tras la propuesta provisional de resolución se deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario o autorizar a la administración para su comprobación.
 
INFORMACIÓN YSOLICITUDES: Agencia de Desarrollo Local, c/ Real de Castilla 1, en horario de 9h. a 14h. de lunes a viernes.
 
 
Cartel ayudas a viviendas