Como cada año se encuentra abierto el plazo de inscripción en este programa para mayores promovido desde la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. A través des de la Delegación de Bienestar Social de Alcalá del Río facilita a los vecinos de localidad la tramitación para la participación en el mismo.
Como cada año se encuentra abierto el plazo de inscripción en
este programa para mayores promovido desde la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
A través des de la Delegación de Bienestar Social de Alcalá del Río facilita a los vecinos de
localidad la tramitación para la participación en el mismo.
Para los turnos de septiembre a diciembre 2015, se encuentra abierto el plazo de presentación de
solicitudes hasta el próximo 18 demayo.
CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA DE TERMALISMO SOCIAL:
Pueden ser beneficiarios/as de una de las plazas del Programa de Termalismo Saludable los/las
ciudadanos/as españoles/as y nacionales de otros países, que cumplen los siguientes requisitos:
Ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación y de invalidez,
en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona
beneficiaria haya cumplido los sesenta años de edad. Igualmente, podrán ser beneficiarios/as de las
plazas los/las españoles/as residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública,
tengan más de 60 años de edad y cumplan con el resto de requisitos.
No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los
establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
Poder valerse por sí mismo.
Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la
recepción de los mismos.
Realizar, en el plazo indicado en la convocatoria de plazas, la solicitud y alcanzar el expediente,
de conformidad con el baremo establecido, la puntuación que le permita acceder a uno de los
balnearios y turnos solicitados.
La persona solicitante podrá ir acompañada de su cónyuge o de la persona con quien conviva en
relación de pareja, para la que no se exige la obligación de percibir pensión de la Seguridad
Social.